Con las subvenciones estatales cerradas, la deducción del IRPF es hoy la ayuda más potente disponible para quien instala autoconsumo en su vivienda. Puede llegar al 40 % de lo invertido en una instalación doméstica, y en una de 6.325 € eso son unos 2.530 € que recuperas en tu declaración.
Y sin embargo es la que menos gente aplica, por una razón concreta y muy evitable: hay que hacer un certificado de eficiencia energética ANTES de empezar la obra. Sin ese certificado previo no puedes acreditar la mejora, y sin acreditarla no hay deducción. Cuando alguien descubre esto después de instalar, ya es tarde.
En esta guía tienes los tres porcentajes y cuál te toca, qué hay que acreditar exactamente, la documentación necesaria, cómo se aplica en la declaración y los errores que dejan a la gente sin deducción.
Los tres porcentajes
Establecidos por el Real Decreto-ley 19/2021 y prorrogados posteriormente:
| Deducción | Qué debes acreditar | Base máxima anual | Deducción máxima | Obras hasta |
|---|---|---|---|---|
| 20 % | Reducción de al menos el 7 % en la demanda de calefacción y refrigeración | 5.000 € | 1.000 € | 31 dic 2026 |
| 40 % | Reducción de al menos el 30 % en consumo de energía primaria no renovable, o alcanzar calificación energética A o B | 7.500 € | 3.000 € | 31 dic 2026 |
| 60 % | Rehabilitación energética integral de edificios de uso predominantemente residencial | 5.000 € por propietario y año | — | 31 dic 2027 |
Para una instalación fotovoltaica doméstica, el tramo habitual es el 40 %, porque una instalación de autoconsumo bien dimensionada suele reducir el consumo de energía primaria no renovable bastante por encima del 30 %.
El exceso se traslada. Si tu inversión supera la base máxima anual, el exceso puede deducirse en los cuatro ejercicios siguientes, con un máximo acumulado de 15.000 €.
Qué vivienda da derecho
| Tipo de vivienda | ¿Da derecho? |
|---|---|
| Vivienda habitual | Sí |
| Vivienda alquilada o en expectativa de alquiler | Sí, con condiciones |
| Segunda residencia de uso propio | No |
| Plazas de garaje, trasteros, jardines, piscinas | No |
| Vivienda afecta a actividad económica | No |
El tramo del 60 % se refiere a actuaciones sobre el edificio completo, no sobre una vivienda aislada, y por eso es la vía de las comunidades de propietarios.
La documentación que necesitas
Esto es lo que decide si cobras la deducción o no:
- Certificado de eficiencia energética ANTES de la obra. Expedido por técnico competente. Es el punto de partida contra el que se mide la mejora. Si no lo tienes, no hay deducción, y no se puede hacer a posteriori de forma retroactiva.
- Certificado de eficiencia energética DESPUÉS de la obra. Debe estar expedido y registrado dentro del plazo que marca la normativa. Compara con el anterior y acredita la reducción conseguida.
- Facturas a nombre del titular que aplica la deducción.
- Justificantes de pago por medios bancarios. Transferencia, tarjeta de crédito o débito, o cheque nominativo. Los pagos en efectivo no dan derecho a deducción, sin excepciones.
- Justificación de subvenciones recibidas, si las hubiera, porque se descuentan de la base.
El orden en el que encajan estos documentos con el resto de trámites lo tienes en cómo solicitar la subvención paso a paso.
Cómo se calcula, con un ejemplo
Ejemplo 1: 5 kWp en vivienda habitual, deducción del 40 %
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Coste total de la instalación (IVA incluido) | 6.325 € |
| Subvención autonómica recibida | 0 € |
| Base de la deducción | 6.325 € |
| Base máxima anual del tramo 40 % | 7.500 € |
| Base aplicable (la menor de las dos) | 6.325 € |
| Deducción (40 %) | 2.530 € |
| Coste neto de la instalación | 3.795 € |
Ejemplo 2: el mismo caso con una subvención de 1.500 €
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Coste total | 6.325 € |
| Subvención recibida | −1.500 € |
| Base de la deducción | 4.825 € |
| Deducción (40 %) | 1.930 € |
| Coste neto | 6.325 − 1.500 − 1.930 = 2.895 € |
Con subvención sales ganando en términos absolutos, aunque la deducción sea menor: no se deduce sobre dinero que no has puesto tú. Puedes meter la deducción como "ayuda" en la calculadora de amortización para ver cómo acorta el plazo.
Cuándo y cómo se aplica
La deducción se aplica en la declaración de la renta del ejercicio en el que se expide el certificado de eficiencia energética posterior a la obra, no necesariamente el de la fecha de la factura. Esta distinción confunde a mucha gente y conviene tenerla clara al planificar.
Se consigna en la casilla correspondiente a deducciones por obras de mejora de eficiencia energética en vivienda, y reduce la cuota íntegra.
Conserva toda la documentación: ante un requerimiento, los certificados y los justificantes de pago bancario son lo que te piden.
Los cinco errores que dejan sin deducción
- No hacer el certificado energético previo. El más frecuente y el más irreparable. Hay que hacerlo antes de que empiece la obra.
- Pagar en efectivo. Aunque tengas la factura, un pago en efectivo no da derecho a deducción.
- Poner la factura a otro nombre. Debe estar a nombre de quien aplica la deducción.
- Dejar el certificado posterior fuera de plazo. Hay que expedirlo y registrarlo dentro del plazo que marque la normativa vigente.
- Aplicarla sobre una segunda residencia. No da derecho: tiene que ser vivienda habitual o alquilada en las condiciones previstas.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto puedo desgravar por instalar placas solares?
Habitualmente el 40 % de la inversión en una instalación doméstica, con una base máxima de 7.500 € anuales, lo que supone hasta 3.000 € de deducción. Existen también tramos del 20 % y del 60 % según lo que se acredite.
¿Qué tramo me corresponde?
El 20 % si reduces al menos un 7 % la demanda de calefacción y refrigeración; el 40 % si reduces un 30 % el consumo de energía primaria no renovable o alcanzas calificación A o B; el 60 % en rehabilitación energética integral de edificios residenciales. Para una fotovoltaica doméstica, lo habitual es el 40 %.
¿Necesito el certificado energético antes de instalar?
Sí, y es imprescindible. Sin un certificado previo a la obra no se puede acreditar la mejora y se pierde la deducción. No se puede obtener retroactivamente.
¿Puedo deducir si pagué en efectivo?
No. El pago debe realizarse por transferencia, tarjeta o cheque nominativo. Los pagos en efectivo quedan excluidos.
¿Y si recibí una subvención?
Puedes deducir igualmente, pero la subvención se descuenta de la base de la deducción. No se deduce sobre la parte que no has financiado tú.
¿Se puede deducir una segunda residencia?
No. La deducción se refiere a la vivienda habitual o a viviendas alquiladas en las condiciones previstas en la norma.
¿Qué pasa si mi inversión supera la base máxima?
El exceso puede trasladarse a los cuatro ejercicios siguientes, con un máximo acumulado de 15.000 €.
¿En qué año se aplica?
En el ejercicio en el que se expide el certificado de eficiencia energética posterior a la obra, que no tiene por qué coincidir con el año de la factura.
¿Incluye la batería?
Depende de cómo se acredite la mejora energética y de cómo esté facturada la obra en su conjunto. Es una cuestión que conviene plantear expresamente a tu asesor fiscal antes de contratar.
¿Hasta cuándo están vigentes estas deducciones?
Los tramos del 20 % y del 40 % se aplican a obras realizadas hasta el 31 de diciembre de 2026, y el del 60 % hasta el 31 de diciembre de 2027. Estos plazos se han prorrogado varias veces: confirma la situación vigente antes de planificar.
Para ver cuánto baja tu plazo con la deducción aplicada, usa la guía de amortización, y para las demás ayudas vuelve al pilar de subvenciones o revisa las ayudas por comunidad.
Fuentes
Última actualización: 20 de octubre de 2026. Información fiscal de carácter general.
- Real Decreto-ley 19/2021 de rehabilitación edificatoria, y sus sucesivas prórrogas.
- Ley 35/2006 del IRPF.
- Agencia Tributaria (sede electrónica).